Nueva ley impulsa matrimonios civiles gratis en Costa Rica, el Tribunal Supremo de Elecciones reporta más de 1.400 solicitudes en menos de dos meses

(CNN Español) –– En un pequeño espacio en el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE), Stanley Babb y Yanil Zúñiga se casaron después de 14 años de vivir juntos y dos hijas, dicen que tenían pensado hacerlo en 2025, pero la entrada en vigor de la ley 9.747 el primero de octubre pasado, aceleró su decisión.

En una sala acondicionada de manera permanente para este tipo de celebraciones, se concretan las solicitudes, que según la institución, no dejan de llegar desde que la nueva ley, denominada Código Procesal de Familia, habilitó al Registro Civil, entidad adscrita al TSE, para celebrarlos de forma gratuita y más rápida porque de una vez se inscriben.

Irene Montanaro, jefa de inscripciones del Registro Civil, efectuó el matrimonio con la presencia de dos testigos como parte de los requisitos y en este caso, se sumaron las dos hijas de la pareja, Kaitlyn, de 13 años, y Josephine de 6, y tres familiares más. Yanil Zúñiga explicó a CNN que pensó que el trámite iba a durar tres meses, pero que “no tardó ni un mes porque muy rápido obtuvimos la cita y la fecha”. Stanley Babb, su esposo, agregó que estuvieron averiguando precios con un notario y el matrimonio por esa vía, que sigue vigente les costaba el equivalente a entre US$210 y US$310. “En este caso solo pagamos el edicto”, dijo.

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Carolina Phillips, oficial mayor civil del Registro Civil, explicó a CNN que el único costo que tiene el trámite corresponde al pago de un edicto o notificación pública en el diario oficial La Gaceta, que ronda los 6.000 colones (unos US$ 12), según la cantidad de letras que contienen los nombres de las personas que van a contraer matrimonio. Phillips explicó que el edicto “es un aviso para determinar que no hay objeciones al matrimonio y si las hay se puede reclamar”.

Los contrayentes tienen que presentar la cédula de identidad vigente y, en caso de extranjeros, contar con el documento de identidad migratorio, DIMEX, además de una certificación de nacimiento del país de origen y una del estado civil, ambas apostilladas o legalizadas, lo que se puede realizar en cualquiera de las 110 sucursales de Correos de Costa Rica.

Philipps señaló que el Tribunal no esperaba “tanto auge en las solicitudes porque todos los días se otorgan citas y si las personas no logran obtener una, llegan al día siguiente”. La oficina de prensa de la institución indicó que del primero de octubre al 21 de noviembre, se han presentado 362 solicitudes en las oficinas centrales y 1.064 en las sedes regionales. En ese mismo período, se han celebrado e inscrito 52 matrimonios en las oficinas centrales y 214 en las regionales.

Nueva legislación

El TSE informó que la nueva legislación organiza en una sola normativa el Código de Familia y sus pautas procesales, lo que habilitó al TSE para realizar ese tipo de trámites. Hasta el 30 de septiembre pasado, solo notarios, jueces civiles y sacerdotes de la Iglesia Católica estaban facultados para la celebración de matrimonios civiles. El artículo 24 de la nueva legislación lo amplía al TSE y establece “que el matrimonio podrá celebrarse ante las autoridades de Jefatura de las Oficinas Centrales o Regionales del Registro Civil o ante los notarios públicos. Los primeros no podrán cobrar honorarios por sus actuaciones”.

La legislación también autoriza al TSE a homologar acuerdos de divorcios y separaciones cuando no hay hijos menores en común o bienes gananciales y existe acuerdo entre las partes. Lo podrán hacer directamente en el Registro Civil para su aprobación e inscripción, sin pasar por un tribunal.

El TSE, además, podrá tramitar solicitudes de reconocimientos de hijos de una mujer casada (cuyo padre no es el esposo) de forma directa. Para este trámite, tanto la madre y el padre biológico del menor de edad, como el padre registral, deberán presentarse en conjunto a realizar la gestión en el Registro Civil. Previo a la ley, el reconocimiento tenía que efectuarse ante el Registro Civil, el Patronato Nacional de la Infancia o un notario público.

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